¿Quieres cobrar alquileres en dólares en Venezuela? Sí es posible, y hacerlo legalmente te ofrece mayor seguridad y control sobre tu inversión. Gracias a sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), la derogación de la Ley de Ilícitos Cambiarios y el Convenio Cambiario N°1, hoy en día es totalmente válido establecer contratos de arrendamiento en divisas para locales, depósitos y oficinas.

Pero ¡atención! No basta con acordarlo de palabra. El contrato debe cumplir con requisitos legales para que sea válido y exigible.

Sí. El marco legal actual permite que arrendador y arrendatario pacten el canon de arrendamiento en moneda extranjera, especialmente en dólares. Esta práctica está respaldada por:

  • Sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
  • Derogación de la Ley de Ilícitos Cambiarios.
  • Convenio Cambiario N°1 entre el BCV y el Ejecutivo Nacional.

Esto aplica únicamente para arrendamientos comerciales (no para vivienda principal).

1. Establece claramente el monto y la forma de pago del alquiler en dólares

El contrato debe indicar el monto del canon en divisas y la forma en la que se pagará (efectivo, transferencia internacional, Zelle, etc.).

Aunque el contrato esté en dólares, la ley exige que el arrendatario pueda pagar en bolívares, calculados al tipo de cambio oficial del BCV del día del pago.

3. Ajustes del canon de alquiler deben ser anuales

Según la Ley, el canon de arrendamiento puede ajustarse una vez al año. Establece esta condición expresamente en el contrato para evitar sanciones.

4. Define cómo se calcularán los aumentos del alquiler en divisas

Puedes fijar el ajuste mediante:

  • Un porcentaje fijo anual.
  • Una negociación entre las partes.
  • Un índice de referencia (como inflación proyectada o tipo de cambio).

Lo importante es que esté claramente definido en el contrato.

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Conclusión

Cobrar alquileres en dólares en Venezuela es posible, pero requiere conocimiento legal y buena redacción contractual. Si vas a hacerlo, apóyate en expertos.

Esta es la diferencia entre un propietario improvisado y un Propietario Inteligente.

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