Cobrar en dólares está bien… pero hacerlo mal es un riesgo legal que no debes correr
Mayo 25 de 2026
1. No establecer el dólar como "moneda de cuenta"
Este es el error más común y el más costoso. Si tu contrato simplemente dice "el canon es de 500 USD" sin la terminología adecuada, podrías estar violando el Artículo 128 de la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV).
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El riesgo: El contrato pierde su "fuerza ejecutiva". Si necesitas demandar por falta de pago, un juez podría declarar la nulidad de esa cláusula.
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La solución: Se debe establecer el dólar como unidad de cuenta, con el pago equivalente en bolívares, respetando el principio de valorismo.
2. No fijar una tasa de referencia clara y legal
Términos como "tasa de mercado", "dólar promedio" o "tasa del día" son ambiguos y carecen de validez jurídica en una disputa. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es muy estricto en este punto: la conversión debe ser inequívoca.
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Lo correcto: Especificar taxativamente que la referencia será la Tasa Oficial publicada por el BCV correspondiente a la fecha de la operación o del pago efectivo.
3. Olvidar la trazabilidad de los pagos
En el mundo legal, lo que no se puede probar, no existe. Cobrar en efectivo sin dejar una huella documental clara te deja sin carga probatoria.
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La falta de huella: Si no especificas los medios de verificación (números de cuenta para transferencias en divisas, emisión de recibos detallados o facturas), el inquilino podría alegar que ya pagó o negarse a reconocer deudas acumuladas.
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Recomendación: Todo pago debe generar un soporte digital o físico que vincule el monto en divisas con la tasa BCV del momento.
4. Pactar aumentos fuera de los lapsos de ley
La urgencia por protegerse de la inflación a veces empuja a los propietarios a fijar aumentos trimestrales o semestrales que no respetan la normativa vigente.
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La consecuencia: Si el aumento se pacta fuera de los lapsos legales, es nulo de toda nulidad. Esto no solo te impide cobrar el excedente, sino que podría obligarte a devolver lo cobrado de más y anular tu capacidad de ejecutar el contrato por incumplimiento.
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